Editorial

Cuentas bancarias bloqueadas por el SAT, que se debe hacer.

Por Redacción | jueves, 28 de septiembre de 2023

EMX-Cuentas bancarias bloqueadas por el SAT, que se debe hacer.


El bloque de cuentas bancarias es actualmente una de las acciones más comunes que realiza el Servicio de Administración Tributaria, cuando existe un crédito fiscal firme, que puede ser exigible, esto es, que no ha sido garantizado por algunos de los métodos que establece nuestra legislación vigente.

Si bien, esta medida está prevista en la Ley, no deja de ser una violación a los derechos de seguridad jurídica y legalidad de los contribuyentes, por lo que debemos conocer que hacer en estos casos.

En primer orden de ideas, debemos tener claro que, si la autoridad ejerció este método de garantía o cobro de un adeudo fiscal, es debido a que el contribuyente no hizo nada, no realizó ninguna acción para evitar esta situación. Es por ello la importancia de mantenerse capacitado, y acompañado de un asesor fiscal, durante todo el proceso desde que la Autoridad toco su puerta para iniciar una auditoria.

El embargo de cuentas bancarias, o inmovilización de estas, es la medida más fácil que tiene la autoridad, pero no la puede realizar, si existe:
• Algún medio de defensa que implique la suspensión del procedimiento de cobro
• Si el contribuyente ofreció alguna otra manera de garantizar el adeudo fiscal
• Si se presentó algún amparo indirecto previamente
• Si las cuentas bancarias son de nómina

Como es evidente, existen actuaciones previas que se pueden realizar y de esta manera evitar un embargo de cuentas bancarias, el problema es que muchos contribuyentes acuden por asesoría legal una vez que tienen el embargo de cuentas bancarias, resultando complicado lograr que la autoridad ordene destrabar las mismas.

Es importante conocer qué previo a un embargo de cuentas bancarias, existe un momento en que se puede evitar, porque este no es inmediato, una vez que se le notifica el adeudo fiscal al contribuyente, existe un lapso que le permite ejercer alguna estrategia para evitar llegar a un embargo de cuentas; y si el contribuyente es acompañado por expertos fiscalistas durante toda la revisión, la posibilidad de un embargo de cuentas bancarias es todavía más improbable.

La Recomendación será que cuando la autoridad haya dirigido su atención en ustedes, ya sea a través de un requerimiento, una revisión a través de sus programas de vigilancia profunda, o ya sea directamente a través de una Auditoria, es el momento ideal y estratégicamente preciso, para solicitar el acompañamiento de un asesor fiscal, porque aún y cuando solo se trate de un requerimiento, realmente significa que la autoridad ya detectó una inconsistencia en su contabilidad, en sus declaraciones, y si bien le está dando la oportunidad de corregirse, va a seguir insistiendo, de las formas menos invasivas, como invitaciones, requerimientos, inclusive pueden generar una cita en sus oficinas para al final invitarlo a corregirse. Pero la autoridad no va a parar, y si no existe una autocorrección, procederá a iniciar una Auditoría y como consecuencia y crédito fiscal millonario.

Pero recordemos, la falta de atender un requerimiento genera un crédito fiscal, y cada vez que requiere la autoridad y no se cumplen, se generan multas que se van acumulando, hasta generar créditos fiscales considerables, que tal vez no puedan pagarse, y estos generen un embargo de cuentas bancarias.

No necesariamente debemos estar ante una Auditoría, para tener un crédito fiscal susceptible de embargar cuentas bancarias, es por ello, que no esperemos a que ya se tengan el crédito fiscal, o peor aún, ya sus cuentas bancarias estén embargadas para solicitar ayuda a un especialista en la materia.
Si se puede prevenir un embargo de cuentas bancarias, aún y cuando al final se determine un crédito fiscal, siempre y cuando se tomen las medidas necesarias previas a la determinación del adeudo, se realicen las estrategias más adecuadas para cada contribuyente, pero todas estas estrategias, se planean y se estructuran antes que la autoridad haya terminado la Auditoría y, por lo tanto, exista un crédito fiscal, no hay que darle gusto a la autoridad, y dejarla ganar. Hay que estar preparados.