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En el actual proceso electoral hasta quienes deberían ser apartidistas entran al juego de las declaraciones, a favor o en contra de los actores políticos que actualmente contienden por la Presidencia de la República.
El derecho a opinar en materia política lo tenemos todos. Sin embargo, debemos de recordar que hay personas que están limitadas por mandato de ley para hacer política electoral.
El inciso e del artículo 130 de la Constitución federal señala: “Los ministros no podrán asociarse con fines políticos ni realizar proselitismo a favor o en contra de candidato, partido o asociación política alguna”. “Tampoco podrán -añade el referido precepto- en reunión pública, en actos de culto o de propaganda religiosa, ni en publicaciones de carácter religioso, oponerse a las leyes del país o a sus instituciones…”.
Las demás personas no tienen ninguna limitación legal para expresarse en materia electoral. Sin embargo, hay quienes piensan que sólo el que ejerce profesionalmente el periodismo puede opinar. Este pensamiento arrogante lleva al menosprecio de quienes ejercen el periodismo sin haber estudiado esta disciplina.
En ocasiones he escuchado de los llamados profesionales de la información fuertes críticas en contra de las personas que carecen de un título para realizar determinado trabajo informativo, incluso si lo hacen en redes sociales, que, como bien sabemos, son espacios de participación en el que todos opinan.
Sé bien que en dichas plataformas digitales se difunde con frecuencia información sin rigor periodístico, lo que da lugar a la difusión de noticias falsas, propagándose a veces en ellas el dañino y creciente discurso de odio.
Insisto, todos tienen el derecho de obtener, analizar, tratar y distribuir noticias, así como el derecho de emitir opiniones sobre los temas de actualidad. Nadie debería menospreciarlos porque carecen de un título y de las habilidades que el estudio proporciona a los profesionales de la información.
La descalificación más común es que si alguien publica un trabajo informativo en cualquiera de las redes sociales que existen, sin tener formación periodística, dicho trabajo no merece ningún crédito. ¿Qué dicen las leyes relativas a la libertad de expresión? Veamos:
“La manifestación de las ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa, sino en el caso de que ataque a la moral, los derechos de tercero, provoque algún delito, o perturbe el orden público; el derecho a la información será garantizado por el Estado", señala el artículo 6º constitucional.
Por su parte, el artículo 7º constitucional establece que “es inviolable la libertad de difundir opiniones, información e ideas, a través de cualquier medio”. Y añade este mismo artículo: “Ninguna ley ni autoridad puede establecer la previa censura, ni coartar la libertad de difusión, que no tiene más límites que los previstos en el primer párrafo del artículo 6o. de esta Constitución”.
La normativa internacional protege también la libertad de expresión, limitándola sólo en los casos en que se violan los derechos de otras personas o se promueve irresponsablemente el odio, la discriminación y la violencia, males que se multiplican a diario en las plataformas digitales.
Algunos de los instrumentos internacionales en materia de derechos humanos y libertades fundamentales que protegen la libertad de expresión son los siguientes: el Pacto Internacional de Derechos Políticos y Civiles (artículo 19) y la Convención Americana sobre Derechos Humanos, llamada también Pacto de San José (artículo 13). Estas disposiciones protegen el derecho a difundir ideas, investigar y recibir informaciones y opiniones de cualquier índole o por cualquier medio.
Así que todo mundo tiene derecho a la libre expresión, no sólo los periodistas.