Fallece Hugo Torres Chabert, ex Alcalde de Playas de Rosarito
Rosarito | jueves 31 de octubre
¿Te imaginas un mundo donde no sabes qué ocurrió hoy?
¿Te imaginas un mundo donde no sabes qué ocurrió hoy?
En una época donde la comunicación era limitada y las noticias viajaban lentamente, un mexicano visionario vio la necesidad de una voz que uniera a la comunidad, que contara nuestras historias, documentara nuestras luchas y celebrara nuestros logros.
Don Eligio Valencia Roque luchó por reconectarnos con nuestra esencia y con lo que realmente importa, día a día. Con pasión y compromiso, esas historias cotidianas dieron vida a El Mexicano, el gran diario regional, que se convirtió en el pilar de la información veraz y oportuna para Baja California y, con el tiempo, para todo el país.
Durante más de seis décadas, Don Eligio Valencia Roque llevó las noticias a cada hogar. Hoy, continuamos esa labor con la misma pasión y compromiso, informando con el corazón, ayer, hoy y siempre.
Somos aquellos que aún creen en el poder de la palabra escrita, los que encuentran magia en las historias, los que se enamoran de su trabajo cada día. Para nosotros, informar día a día no es solo un trabajo; es una identidad, una forma de vida.
El Mexicano 65 Aniversario: Historias que inspiran, verdad que perdura.
Noticias de Tijuana. El Gran Diario Regional en línea, presentando noticias en tiempo real con información de Tijuana, Mexicali, Ensenada, Rosarito, Tecate, Baja California, México y el mundo
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Por Redacción | jueves, 31 de octubre de 2024
La calidad de estrictamente indispensable de una erogación, no se lo da el concepto o descripción del comprobante fiscal, sino el objeto social de la empresa.
El rechazo de deducciones por parte de la autoridad fiscal es la mayor causa de créditos fiscales millonarios, como resultado del ejercicio de facultades de comprobación, porque la autoridad fiscal, es estricta y excesiva, y rechaza la mayoría de las deducciones que realizan los empresarios, ya sea por no ser procedentes, o porque no se acompañan con la documentación comprobatoria suficiente. En todos los casos, la autoridad se limita a revisar el concepto de facturación del gasto, y considera que no se trata de un gasto estrictamente indispensable, utilizando el criterio de una autoridad, que tiene como su única prioridad, la recaudación de impuestos.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación, en criterios jurisprudenciales, ha dejado claro, que el carácter de estrictamente indispensable de una erogación, esta vinculado con el objeto social de una persona moral, sin embargo, seguimos viendo como el SAT, totalmente contrario al criterio de la Corte, continua con una fiscalización agresiva, rechazando el 80% de las deducciones de una empresa.