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Mexicali | jueves 23 de abril
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Por Redacción | jueves, 23 de abril de 2026
Por Dr Cesar H. Rubio Ozuna
En el sistema jurídico mexicano, la jurisprudencia ha sido históricamente el eje rector de la interpretación normativa. Sin embargo, una reciente tesis de la Suprema Corte de Justicia de la Nación redefine de manera contundente el alcance de su aplicación y establece un mensaje claro: citar precedentes ya no es suficiente. A partir de ahora, es obligatorio razonar jurídicamente.
El criterio publicado en el Semanario Judicial de la Federación (Registro digital: 2032033) determina que la contradicción de criterios es improcedente cuando uno de los órganos jurisdiccionales se limita a reproducir una jurisprudencia de la Suprema Corte sin emitir un criterio propio. Este pronunciamiento adquiere carácter obligatorio a partir del 20 de abril de 2026.
Durante años, en la práctica litigiosa fue común encontrar resoluciones que se limitaban a citar criterios de la Corte como blindaje argumentativo. Hoy, ese modelo se rompe: la Corte establece que no hay contradicción de criterios si no se genera un razonamiento propio. Esto implica que no existe verdadero criterio jurídico sin análisis autónomo.
Este cambio transforma la forma en que deben operar los despachos jurídicos y las áreas legales corporativas. El mensaje es contundente: quien no razona jurídicamente pierde fuerza procesal. Para el empresario, las defensas basadas únicamente en la reproducción de criterios pueden perder validez o ser fácilmente impugnables.
Desde nuestra óptica, el criterio refuerza principios como la independencia judicial y la calidad de las resoluciones. El objetivo es evitar que la jurisprudencia sea utilizada como una herramienta mecánica. Esta resolución marca el inicio de una nueva etapa: el derecho deja de ser repetición y vuelve a ser inteligencia.
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En este nuevo entorno, la ventaja competitiva ya no está en conocer la ley, sino en saber interpretarla estratégicamente. La Corte envía un mensaje claro: juzgar no es repetir, es razonar.