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Intenso trabaja legislativo realiza la diputada Evelyn Sánchez para la tipificación del "dolo eventual" en el CPBC
Por Redacción | miércoles, 13 de mayo de 2026
Busca se actualice el Código Penal de Baja California, para que se tipifique el dolo eventual que describe como la disposición a cometer un delito, aun cuando el autor no tenga total certeza de que se materializa el resultado perjudicial
Tijuana, B.C., miércoles 13 de mayo del 2026.- Después de varios meses de recopilación de información con grupos sociales, jurisprudencia y la documentación de casos que han tenido trágicos desenlaces, la diputada local por el XI Distrito de Tijuana, ha impulsado que el “Dolo Eventual”, este tipificado en el Código Penal para Baja California, con el objetivo de una mejor impartición de justicia.
Durante los trabajos en comisiones del Congreso de Baja California, Evelyn Sánchez Sánchez, expuso que, en México, las leyes no establecen una distinción específica entre diferentes tipos de dolo. Detalló que el Código Penal Federal establece en su Artículo 9º, que quien actúa dolosamente es aquel que, al tener conocimiento de los elementos que constituyen un delito según la ley, o al anticipar como una posibilidad el resultado característico, desea o acepta llevar a cabo la acción.
Tipificación del “Dolo eventual”, en el CPBC.
La diputada local, comparte que el dolo eventual se describe como la disposición a cometer un delito, aun cuando el autor no tenga total certeza de que se materializa el resultado perjudicial. Es decir, se considera que una persona actúa con dolo eventual cuando comete un delito teniendo pleno conocimiento de la posibilidad del resultado ilícito, pero opta por proceder a pesar de esa eventualidad.
Reflexionó que en base a los sucesos trágicos que se han registrado y documentado en el Estado, su aplicación puede ser compleja, ya que guarda similitudes con otro concepto legal conocido como culpa consciente.
Características del dolo eventual.
La diputada inicialista busca que tanto los legisladores, como la sociedad de Baja California tengan mejor conocimiento del “Dolo eventual”, que, dentro del Derecho, presenta características distintivas que son fundamentales para su definición.
Según la doctrina legal, esta figura se distingue por tres aspectos clave que definen la intención consciente del individuo:
Conocimiento de la posibilidad del resultado: la persona que actúa con dolo eventual tiene pleno conocimiento de que existe la posibilidad de que ocurra un resultado perjudicial como consecuencia de sus acciones. Esto significa que el individuo es consciente de las potenciales consecuencias de sus actos.
Conciencia del alto grado de probabilidad del resultado: no solo es suficiente tener conocimiento de la posibilidad del resultado, sino que también se requiere una consciencia clara y deliberada del alto grado de probabilidad de que dicho resultado se materialice. Esta característica subraya la necesidad de que el autor sea consciente de la alta probabilidad de que ocurra un evento perjudicial.
Consentimiento, aceptación o deseo del resultado: lo más importante del dolo eventual está en la disposición consciente del individuo a aceptar, consentir o incluso desear el resultado que se prevé como probable. Esto significa que la persona elige voluntariamente enfrentar la posibilidad del resultado perjudicial, lo que hace que la intención criminal sea más seria.
Diferencia con la culpa consciente.
La principal diferencia radica en la actitud hacia el riesgo. En el dolo eventual, la persona está dispuesta a aceptar el resultado dañino como probable y hasta deseable, mientras que, en la culpabilidad consciente, la persona asume conscientemente el riesgo, pero no necesariamente desea el resultado perjudicial.
Finalmente, expuso como ejemplo, que alguien disparando un arma al aire y dañando a alguien más puede ser culpa consciente porque no buscaba dispararle a otra persona, pero el dispararle a alguien en específico y darle a otro que estaba cerca del objetivo es dolo eventual porque el agresor conocía y acepta esa posibilidad. En el caso reciente de la madre que por su situación en una relación compleja de su matrimonio, olvido a su hijo por 12 horas en el vehículo y murió, son algunos de los casos que merecen el análisis de todas sus aristas y siempre buscando hacer una mejor impartición de justicia en Baja California.