Nacional

México prohíbe el Rojo 3: ¿se pueden comer dulces y gelatinas rojas?

Por Redacción | miércoles, 19 de agosto de 2026

EMX-México prohíbe el Rojo 3: ¿se pueden comer dulces y gelatinas rojas?

México retiró la autorización de la eritrosina o colorante Rojo 3 en alimentos, bebidas y suplementos. Los fabricantes disponen de 24 meses para reformular productos y agotar existencias


CIUDAD DE MÉXICO (apro).— México retiró la autorización de un colorante empleado para dar una tonalidad rojo cereza a distintos alimentos, bebidas y suplementos alimenticios, una decisión que alcanza productos consumidos con frecuencia por niñas y niños.

La medida ha generado dudas sobre los dulces, gomitas, gelatinas, helados y bebidas que todavía se comercializan, debido a que la industria dispone de un periodo de transición para modificar sus fórmulas y agotar inventarios.

Sí pueden consumirse dulces y gelatinas rojas que se vendan legalmente y no estén sujetos a una alerta sanitaria. La prohibición se limita a la eritrosina, conocida como Rojo 3 FD&C, y no abarca todos los colorantes ni significa que cada alimento de color rojo contenga el aditivo eliminado.

Secretaría de Salud prohíbe el Rojo 3: ¿por qué retiró su autorización?

La Secretaría de Salud prohibió el colorante Rojo 3 porque una evaluación de riesgo de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios determinó que la exposición alimentaria estimada en México podría superar el límite de ingesta diaria admisible.

El acuerdo, publicado el 28 de mayo de 2026 en el Diario Oficial de la Federación, eliminó la autorización para utilizar eritrosina en alimentos, bebidas y suplementos alimenticios.

La sustancia puede aparecer en las etiquetas con los siguientes nombres:

  • Eritrosina
  • Eritrosina y sus lacas.
  • Rojo Alimentos 14.
  • Rojo 3 o Rojo 3 FD&C.
  • Rojo ácido 51.
  • E127 o SIN 127.
  • Índice de color CI 45430.
¿Cuándo dejará de utilizarse el Rojo 3 en México?

El acuerdo entró en vigor el 29 de mayo de 2026, un día después de su publicación. No obstante, la Secretaría de Salud concedió a los fabricantes un plazo de 24 meses para reformular y agotar existencias.

El periodo comenzó a contarse a partir del día hábil siguiente a la publicación, por lo que concluirá previsiblemente a finales de mayo de 2028.

Durante esta transición, todavía pueden encontrarse productos elaborados con eritrosina en establecimientos mexicanos. La disposición no estableció el retiro inmediato de todos los dulces, bebidas o gelatinas que contengan el colorante.

El Rojo 3 seguirá presente durante la transición, pero los fabricantes deberán sustituirlo antes de que termine el plazo otorgado por la autoridad.

¿Por qué México prohibió la eritrosina?

La Cofepris estimó que la ingesta diaria máxima teórica de eritrosina en México alcanza 0.231 miligramos por kilogramo de peso corporal al día.
Esa cantidad podría superar la ingesta diaria admisible de 0.1 miligramos por kilogramo de peso corporal establecida por el Comité Mixto FAO/OMS de Expertos en Aditivos Alimentarios, conocido como JECFA.

Durante una sesión celebrada el 24 de julio de 2025, el Subgrupo Técnico de Buenas Prácticas Regulatorias del Consejo Científico de Cofepris acordó eliminar la autorización del aditivo.

Posteriormente, el 24 de septiembre de 2025, el Consejo Científico revisó la Evaluación de Seguridad de Eritrosina en Alimentos y concluyó que la exposición en México supera dos veces la ingesta diaria admisible, incluso sin considerar posibles fuentes no alimentarias.

La Secretaría de Salud determinó que esta exposición representa un riesgo no aceptable para la población, por lo que aplicó el principio precautorio y ordenó eliminar el aditivo de los alimentos, bebidas y suplementos.

¿Qué alimentos pueden contener eritrosina o Rojo 3?

Durante la revisión de productos comercializados en México, la Cofepris identificó eritrosina en categorías que incluyen:
  • Polvos para preparar gelatinas.
  • Gomas de mascar.
  • Preparaciones para decorar alimentos.
  • Caramelos suaves y confitados.
  • Gomitas cubiertas de caramelo.
  • Polvos para preparar flan.
  • Frutas en almíbar.
La regulación anterior también autorizaba su uso, con límites específicos, en helados, sorbetes, leche saborizada, productos lácteos, bebidas no alcohólicas, productos de panificación, licores y cocteles.

Esto no significa que todos los productos incluidos en esas categorías contengan eritrosina. Cada fabricante puede emplear colorantes diferentes o ingredientes naturales para obtener una tonalidad semejante.

¿Los dulces y las gelatinas rojas son peligrosos?

No todos los alimentos rojos contienen Rojo 3. Su color también puede proceder de otros aditivos autorizados o de ingredientes como betabel, paprika, antocianinas, carmín de cochinilla, jamaica, fresa y otros pigmentos naturales.

La Secretaría de Salud no ordenó a los consumidores desechar los productos adquiridos ni declaró que comer ocasionalmente un dulce con eritrosina provoque una enfermedad.

La decisión regulatoria se basa en la exposición acumulada estimada para la población mexicana y no en que un solo producto represente por sí mismo un riesgo inmediato.

No obstante, la propia autoridad sanitaria concluyó que la exposición calculada supera el nivel admisible. Por ello, puede aplicarse una medida precautoria: reducir el consumo frecuente de productos con eritrosina, especialmente entre la población infantil, mientras concluye la reformulación.

Cómo saber si un alimento contiene Rojo 3

La apariencia del producto no permite determinar qué pigmento se utilizó. La identificación requiere revisar la lista de ingredientes.

La etiqueta puede incluir alguno de estos nombres:
  • Eritrosina o Rojo 3 FD&C.
  • Rojo Alimentos 14.
  • Rojo ácido 51.
  • E127.
  • SIN 127.
  • CI 45430.

La NOM-051-SCFI/SSA1-2010 establece que los alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados deben presentar una lista de ingredientes. Los aditivos que desempeñen una función tecnológica en el producto terminado deben declararse conforme a las disposiciones aplicables.

Si el etiquetado únicamente señala “colorante” sin precisar la sustancia, puede solicitarse información al fabricante o presentarse una consulta ante Profeco o Cofepris.

Qué deben saber los consumidores sobre la prohibición

  • La medida solo prohíbe la eritrosina, no todos los colorantes rojos.
  • El color de un alimento no permite saber si contiene Rojo 3.
  • Los fabricantes tienen 24 meses para reformular y agotar existencias.
  • El acuerdo no ordenó el retiro inmediato de los productos disponibles.
  • Los alimentos rojos pueden contener pigmentos naturales u otros aditivos autorizados.
  • La eritrosina puede aparecer como E127, SIN 127 o Rojo Alimentos 14.
  • Las frutas y verduras naturalmente rojas no están relacionadas con la medida.
  • Deben atenderse las alertas de Cofepris si se ordena el retiro de una marca o lote específico.

-Retomado de Proceso