Editorial

Columna Dr. César H. Rubio Ozuna

Por Redacción | jueves, 27 de junio de 2024

EMX-Columna Dr. César H. Rubio Ozuna

El impacto del crédito fiscal, en la vida del empresario


La omisión del cumplimento de obligaciones fiscales puede tener diversas consecuencias, desde la aplicación de facultades de comprobación hasta la determinación de créditos fiscales en caso de que la autoridad detecte las omisiones, como el pago en parcialidades, o la nueva formalidad, de pagar en partes el mismo, lo recomendable es cubrir con los deberes fiscales antes de que se detone un peor escenario para los empresarios.

Lo anterior sin mencionar las facultades de gestión que pueden emprender las autoridades fiscales, como lo es la cancelación de los certificados de sello digital que dejaría fuera de operación a cualquier contribuyente dado que se restringe la emisión de CFDI´s.

El inicio de facultades de comprobación por sí solo no debería generar temor al contribuyente; lo que ocasiona el pánico es la determinante del crédito fiscal que puede derivar de las facultades de comprobación. Sin embargo, en caso de que el contribuyente sea cumplido de sus deberes fiscales no debería estar en la zozobra de lo que pueda detectar la autoridad, aunque la realidad es que en la mayoría de los escenarios las auditorías son programadas partiendo de la detección previa de comportamientos atípicos de los causantes.

Sin embargo, existen varias afectaciones significativas en la vida de un empresario, cuando la autoridad le finca un crédito fiscal, entre las mas relevantes encontramos las siguientes:

La reputación ante sus clientes.

Lamentablemente los primero que corre riesgo en una empresa, es la confianza que le tienen sus clientes, porque al momento en que son sujetos de un crédito fiscal, la autoridad empieza a realizar todas las gestiones necesarias para poder cobrarlo, y empiezan a embargar cuentas bancarias, bienes, y es cuando los clientes se percatan que a la empresa esta pasando por un mal momento, y aquí entran la dudas sobre si es confiable, si cumplen con sus obligaciones fiscales, si acaso evaden impuestos. Por ello, se debe ser muy franco y desde un principió explicar al cliente las dificultades por las que está pasando la compañía.

Las dificultades para realizar sus operaciones con normalidad.

Recordemos que la autoridad fiscal, desde el momento en que exista un crédito fiscal, estará al acecho, buscando las oportunidades para presionar a los contribuyentes, es por ello, que la legislación esta estructurada para que cuando un contribuyente tenga un crédito fiscal, sea dado de baja del padrón de importadores, vaya a dar al buró de crédito, se le puedan suspender los certificados de sello digital. Impidiendo de esta manera que las empresas, sigan operando con normalidad.

Gastos adicionales y excesivas cargas de trabajo.

Si existe algo que familiariza a las auditorias de la autoridad, es que previo a su determinación final, las empresas están sujetas a excesivas cargas de trabajo, al tener que estar trabajando exhaustivamente en particular las áreas contables y fiscales, en las exigencias de la autoridad durante el periodo que dura la revisión, que es aproximadamente un año y medio, en ocasiones, cuando son empresas solventes, contratan los servicios externos de asesoría para poder hacer frente a las exigencias de la auditoria. Recayendo una vez más, el peso económico sobre un empresario, que está siendo auditado.

Opinión de cumplimiento negativa.

Cuando una empresa tiene un crédito fiscal, es difícil ocultarlo ante los clientes, porque hoy en día, parte de la cultura fiscal es pedir las constancias de la opinión de cumplimiento de nuestros clientes y proveedores, y es ahí cuando el ellos se enteran. La autoridad fiscal, de manera inmediata y además es por sistema, afecta la opinión de cumplimiento cuando existen adeudos pendientes, hasta por una multa pequeña, porque sabe a la perfección, que el tener que estar dando una opinión de cumplimiento negativa, causa un impacto en la vida empresarial, entonces la mayoría de los clientes, si tienen la posibilidad acuden y pagan los adeudos, con el único objetivo que sus clientes no se enteren.

Independientemente de lo expuesto, la determinación del crédito fiscal no es la última palabra, no todo está dicho, toda vez que el empresario puede acudir a los medios de defensa para salvaguardar sus derechos.

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