Noticias de Tijuana. El Gran Diario Regional en línea, presentando noticias en tiempo real con información de Tijuana, Mexicali, Ensenada, Rosarito, Tecate, Baja California, México y el mundo
En Tendencia: Jaime Bonilla, AMLO, Marina Del Pilar, Policiaca Tijuana, Garita Tijuana, UABC, Pandemia, COVID, Xolos, Toros
Diario Oficial de la Federación el 17 de febrero de 2026
El Servicio de Administración Tributaria (SAT), órgano desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la Resolución de Facilidades Administrativas para 2026, mediante la cual establece medidas de simplificación y comprobación para contribuyentes de sectores específicos, principalmente el sector primario y diversos subsectores de autotransporte. La finalidad declarada es simplificar el cumplimiento de obligaciones fiscales durante el ejercicio 2026, atendiendo a las particularidades operativas de dichas actividades.
La Resolución se emite con fundamento, entre otros, en el artículo 33, fracción I, inciso g) del Código Fiscal de la Federación, además de disposiciones orgánicas y reglamentarias del SAT y del IVA. Incluye un glosario de conceptos (CFDI, ISR, IVA, RMF, UMA, etc.) y ordena las facilidades por Títulos, según el sector.
1) ¿A quiénes aplica?
El documento agrupa las facilidades en cuatro Títulos: (i) Sector primario; (ii) Autotransporte terrestre de carga federal; (iii) Autotransporte terrestre foráneo de pasaje y turismo; y (iv) Autotransporte terrestre de carga de materiales y autotransporte de pasajeros urbano y suburbano. En la práctica, las medidas están diseñadas para actividades con alta operación en campo o movilidad, donde la comprobación tradicional puede ser más costosa.
2) Mensaje clave para la empresa
Estas facilidades no eliminan obligaciones: las reordenan y, en algunos casos, permiten comprobación alternativa o esquemas de retención y deducción simplificados. Para aplicarlas, normalmente se exige: (a) que el gasto sea efectivamente erogado y vinculado con la actividad; (b) registro contable por concepto y de forma acumulativa; y (c) respeto de límites porcentuales, topes anuales y, cuando proceda, avisos.
3) Sector primario: ejemplos de facilidades
Se prevé una deducción por erogaciones relacionadas con mano de obra de trabajadores eventuales del campo, alimentación de ganado y gastos menores, con un límite de hasta 10% de los ingresos propios, sin exceder de $800,000.00 en el ejercicio, siempre que se cumplan requisitos mínimos de control y documentación. Además, cada gasto menor no puede exceder de $5,000.00, por lo que es indispensable llevar soportes internos con datos esenciales (proveedor o trabajador, fecha, descripción y monto).
También se contempla la opción de pagos provisionales semestrales de ISR (y, en ciertos supuestos, el entero y la declaración de IVA en los mismos plazos), condicionada a avisos de actualización ante el RFC en los términos aplicables. Si bien esto puede favorecer el flujo de efectivo, requiere planeación para evitar acumulación de obligaciones.
En materia de retenciones, se incluye la posibilidad de enterar 4% por ISR respecto de pagos a trabajadores eventuales del campo, bajo límites diarios y con obligaciones de aviso y emisión de CFDI de nómina y complementos. La ventaja es la simplificación del cálculo; el riesgo, si se omiten reportes y evidencia.
4) Autotransporte: lógica de facilidades
Para autotransporte, la Resolución incorpora esquemas de retención simplificada (porcentajes específicos) para ciertos perfiles operativos y facilidades de deducción sin requisitos fiscales completos, sujetas a porcentajes sobre ingresos y topes anuales. En algunos casos, la aplicación implica pagar un ISR anual definitivo sobre el monto deducido bajo la facilidad. Asimismo, se regulan figuras como coordinados y obligaciones de información relacionadas con la operación (liquidaciones, registros, guías de envío, entre otras).
5) Implicaciones de control interno
Para aprovechar estas facilidades sin elevar el riesgo fiscal, es recomendable implementar una ruta de cumplimiento: (1) política interna de aplicación (qué facilidad se usa, quién autoriza y cómo se calcula); (2) evidencia mínima y registros contables (bitácoras, listados, soportes simplificados y conciliaciones); y (3) revisión periódica de límites y avisos (topes de deducción, fechas y obligaciones de información).
La Resolución de Facilidades Administrativas 2026 ofrece herramientas útiles de simplificación para sectores con alta operación en campo y movilidad. Su aplicación correcta depende de controles y registros consistentes. Para los empresarios, el beneficio se materializa cuando la facilidad se integra a un proceso documentado de cumplimiento, reduciendo contingencias en revisiones del SAT.
Desde una perspectiva estratégica empresarial, conocer y aprovechar oportunamente las bondades de la legislación fiscal vigente representa una ventaja competitiva relevante. Las facilidades administrativas no solo reducen cargas operativas y costos de cumplimiento, sino que permiten a las empresas planear con mayor certeza sus flujos de efectivo, optimizar su estructura fiscal y fortalecer sus controles internos. En un entorno regulatorio dinámico, la actualización permanente, la asesoría especializada y la correcta interpretación de las disposiciones publicadas en el Diario Oficial de la Federación se convierten en elementos clave para la toma de decisiones corporativas, la mitigación de riesgos fiscales y la consolidación de una cultura de cumplimiento que proteja el patrimonio empresarial y genere valor a largo plazo.