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Congreso de BC aprueba iniciativa para castigar con dolo eventual a conductores ebrios

Por Redacción | viernes, 22 de mayo de 2026

EMX-Congreso de BC aprueba iniciativa para castigar con dolo eventual a conductores ebrios


Mexicali, B.C.- 22 mayo de 2025.- Después de varios meses de trabajos, análisis y sobre todo escuchar a grupos de durante la sesión ordinaria del Congreso del Estado se aprobó la reforma al Código Penal de Baja California, la cual consiste en sancionar a las personas que manejen en estado de ebriedad, bajo el influjo de drogas o realizando conductas peligrosas y terminen causando la muerte o lesiones graves a terceros.

La iniciativa, aprobada y presentada por Evelyn Sánchez Sánchez, desde noviembre del 2025 y aprobada en comisiones la semana pasada, la diputada inicialista explicó en su comparecencia ante el pleno de esta soberanía estatal, que estos hechos serán castigados bajo la figura de “Dolo Eventual”, al considerar que los conductores, aun previendo el riesgo de causar una tragedia, deciden continuar manejando y aceptan las posibles consecuencias fatales.

La diputada Evelyn Sánchez señaló que existía una necesidad urgente de fortalecer el marco jurídico en materia penal y la aprobación al de reforma al Código Penal para Baja California, se logró con la finalidad de incorporar de manera expresa la figura jurídica de “Dolo Eventual” en los delitos de homicidio y lesiones cuando una persona, con pleno conocimiento del riesgo, ocasione un daño grave o la pérdida de la vida de otra persona.

La inicialista refiere como ejemplo, el alza en la incidencia de accidentes viales con consecuencias fatales o incapacitantes en el municipio de Tijuana, con base en cifras del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) y del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, es en este municipio donde se concentra más del 60% de los accidentes de tránsito registrados en el estado y que dejan cientos de víctimas cada año.

La legisladora estuvo acompañada por los familiares testigos del trágico suceso ocurrido donde Silvia López, de tan sólo cinco años y su abuela, Silvia Yáñez, de sesenta y siete años, perdieron la vida tras ser atropelladas por una mujer que conducía en estado de ebriedad.

“No podíamos seguir tratando estos hechos como simples accidentes, son actos plenamente evitables”.

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Con la modificación en el Código Penal de Baja California, los casos dejarán de ser considerados únicamente como accidentes culposos y podrán recibir penas similares a las de delitos dolosos y detalló que la reforma contempla de 8 a 15 años de prisión cuando una persona pierda la vida derivada de estas conductas.

También se incluyen otras sanciones que la legisladora tijuanense informó que serán para quienes provoquen lesiones que pongan en peligro la vida, dejen secuelas permanentes o daños definitivos a las víctimas. A esto se suma contemplar agravantes cuando existan dos o más víctimas o cuando las personas afectadas sean niñas, niños, adultos mayores o personas con discapacidades.

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Concluyó que estos lamentables hechos representan sólo una parte del problema, por ello la figura de dolo eventual también busca sancionar diversos tipos de conductas temerarias o negligentes en las que una persona ocasione daños graves o la muerte.

Con esta aprobación de modificación al Código Penal estatal se deja en claro que no exista una diferenciación expresa entre el dolo directo y el dolo eventual, a diferencia de otros estados como Chiapas y Campeche, que ya reformaron sus leyes para establecer claramente esta distinción y permitir una interpretación más precisa y justa de la conducta delictiva.