Abogados protestan por 18 asesinatos en BC; exigen protocolos de seguridad y esclarecimiento de casos
Mexicali | viernes 11 de septiembre
Noticias de Tijuana. El Gran Diario Regional en línea, presentando noticias en tiempo real con información de Tijuana, Mexicali, Ensenada, Rosarito, Tecate, Baja California, México y el mundo
En Tendencia: Jaime Bonilla, AMLO, Marina Del Pilar, Policiaca Tijuana, Garita Tijuana, UABC, Pandemia, COVID, Xolos, Toros
Por Redacción | jueves, 10 de septiembre de 2026
La Mesa Directiva del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Baja California, en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 27 y 37 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California; 66 y 167 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Baja California, así como por los artículos 85, 86, 88, 89 y demás relativos de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas del Estado de Baja California y sus Municipios, y en cumplimiento del procedimiento legal para la designación de la persona titular de la Auditoría Superior del Estado, emite la presente:
A las ciudadanas y ciudadanos interesados en participar en el procedimiento para la designación de la persona titular de la Auditoría Superior del Estado de Baja California, para el periodo 2026-2033, de conformidad con las siguientes:
PRIMERA. OBJETO
La presente convocatoria tiene por objeto recibir las solicitudes de las personas interesadas en participar en el procedimiento de designación de la persona titular de la Auditoría Superior del Estado de Baja California, órgano técnico de fiscalización superior del Honorable Congreso del Estado.
SEGUNDA. REQUISITOS
Las personas aspirantes deberán cumplir con los requisitos previstos en el artículo 37 fracción VI, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California y 93 de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas del Estado de Baja California y sus Municipios, acreditando documentalmente, cuando menos, los siguientes:
a) Ser ciudadana /ciudadano mexicano por nacimiento en pleno ejercicio de sus derechos políticos y civiles;
b) Tener cuando menos 35 años cumplidos el día de la designación;
c) Haber residido en el Estado durante los diez años anteriores al día de su designación;
d) Poseer Título profesional de Contador Público, o Titulo afín;
e) Tener reconocido prestigio profesional y experiencia técnica de por lo menos diez años en materia de administración pública, así como de control, auditoría financiera y de responsabilidades;
f) Gozar de buena reputación y no haber sido condenado por delito que amerite pena de más de un año de prisión; pero si se tratare de robo, fraude, falsificación, abuso de confianza u otro que lastime seriamente la buena fama en el concepto público, inhabilitará para el cargo cualquiera que haya sido la pena;
g) No haber ocupado cargo de elección popular, ni haber sido titular de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, Municipios y Organismos Públicos Autónomos, así como titular de sus respectivas Entidades, Dependencias y Unidades Administrativas equivalentes, durante los tres años previos al día de la designación.
h) No desempeñar ni haber desempeñado cargo de dirección nacional, estatal o municipal, en algún partido político, durante los tres años anteriores al día de la designación;
i) No haber sido candidato a algún cargo de elección popular, durante los tres años anteriores al día de la designación;
j) Presentar sus declaraciones de intereses, patrimonial y fiscal, previo a su designación;
k) Haber destacado por su contribución en materia de fiscalización, de rendición de cuentas, prevención, investigación, detección y combate a la corrupción;
l) Las demás que determinen las Leyes.
TERCERA. DOCUMENTACIÓN
Para acreditar los requisitos legales establecidos en el punto anterior, las personas aspirantes deberán reunir y entregar la siguiente documentación:
1) Carta de Solicitud de Registro con firma autógrafa (conforme al Anexo 1: Formato_01 publicado anexo a esta Convocatoria) (original y copia simple).
2) Documento debidamente firmado por la persona aspirante, no mayor a dos cuartillas y tamaño carta, en el que la persona aspirante exponga las causas y razones que le motivan a participar en el proceso de designación; (original y copia simple)
3) Copia certificada y copia simple del acta de nacimiento.
4) Copia certificada y copia simple del anverso y reverso de la credencial para votar con fotografía;
5) Carta o constancia original y copia simple de residencia expedida por la autoridad municipal en el Estado de Baja California;
6) Carta o Constancia original y copia de No Antecedentes Penales expedida por la autoridad competente;
7) Copia certificada y copia simple del título profesional y de la cédula profesional;
8) Constancia original y copia simple de no-inhabilitación expedida por autoridad competente;
9) Currículum vitae en extenso con fotografía reciente, firmado por la persona aspirante, anexando los documentos que acrediten lo señalado (como constancias, cursos, seminarios, diplomados, reconocimientos, relativos a su aprendizaje, experiencia y contribución en materia de fiscalización, de rendición de cuentas, prevención, investigación, detección y combate a la corrupción (conforme al Anexo 2: Formato_02 publicado anexo a esta Convocatoria) (original y copia simple)
10) Carta con firma autógrafa y copia simple (conforme al Anexo3: Formato_03 publicado anexo a esta Convocatoria) en que la persona aspirante manifieste, bajo protesta de decir verdad, lo siguiente:
A. Ser ciudadana /ciudadano mexicano en pleno goce de sus derechos civiles y políticos,
B. Gozar de buena reputación y no haber sido condenado por delito intencional que amerite pena corporal de más de un año de prisión; de conformidad con los requisitos legales establecidos en las bases de la presente Convocatoria,
C. No haber ocupado cargo de elección popular, ni haber sido titular de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, Municipios y Órganos Constitucionales Autónomos, así como titular de sus respectivas Entidades, Dependencias y Unidades Administrativas equivalentes, durante los tres años previos al día de la designación;
D. Tener reconocido prestigio profesional y experiencia técnica de por lo menos diez años en materia de administración pública, así como de control, auditoría financiera y de responsabilidades;
E. No haber sido inhabilitado para desempeñar un empleo, cargo o comisión en el servicio público, ni removido por causa grave de algún cargo del sector público o privado;
F. No desempeñar, ni haber desempeñado cargo de dirección nacional, estatal o municipal, en algún partido político, durante los tres años anteriores al día de la designación;
G. No haber sido candidato a algún cargo de elección popular, durante los tres años anteriores al día de la designación;
11. Carta con firma autógrafa de aceptación de las bases, procesos, deliberaciones y resoluciones de la presente Convocatoria (conforme al Anexo 4: Formato_04 publicado anexo a esta Convocatoria); (original y copia simple) y
12. Declaraciones de intereses, patrimonial y fiscal, de conformidad con las disposiciones aplicables, previo a su designación (conforme al Anexo 5: Formato_05 publicado anexo a esta Convocatoria). (original y copia simple).
En la solicitud de registro, deberán registrarse los documentos que se exhiban conforme a los requisitos que se establecen en la base primera.
CUARTA. RECEPCIÓN DE SOLICITUDES
Las solicitudes y documentación correspondiente serán recibidas durante un plazo de diez días naturales, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente convocatoria (del 12 al 21 de septiembre) en la Oficialía de Partes del Congreso del Estado de Baja California, ubicadas en Av. Pioneros y Av. De los Héroes No. 995 Centro Cívico C.P. 21000, la ciudad de Mexicali, Baja California, en horario de 08:00 a 15:00 horas.
La presentación fuera del tiempo y forma establecidos será motivo suficiente para tener por NO presentada la solicitud.
Adicionalmente, las personas aspirantes deberán entregar la documentación para acreditar los requisitos legales; estipulada en la base tercera de la presente Convocatoria, de manera digitalizada en formato “PDF”.
Al efecto, se deberá establecer cada archivo digital, el nombre, numeral y letra del documento que corresponde conforme a la presente Convocatoria. La documentación será entregada en dispositivo de almacenamiento electrónico (memoria USB) y enviada al correo electrónico: cfgp.xxv@gmail.com durante el período de registro y recepción de solicitudes.
En este sentido, la Oficialía de Partes remitirá de forma inmediata a la Presidencia de la Mesa Directiva cada solicitud y documentación que se reciba durante el periodo de registro. Recibida la misma, la Presidencia de la Mesa Directiva la turnará de manera inmediata a la Presidencia de la Comisión de Fiscalización del Gasto Público para los efectos conducentes.
QUINTA. REVISIÓN DE EXPEDIENTES
Concluido el plazo de recepción de solicitudes, dentro de los tres días naturales siguientes, la Comisión de Fiscalización del Gasto Público procederá a la revisión y análisis de los expedientes presentados para verificar el cumplimiento de los requisitos constitucionales y legales.
La Comisión desechará aquellas solicitudes que no cumplan con los requisitos establecidos y determinará cuáles personas aspirantes continuarán en el procedimiento.
La Comisión de Fiscalización del Gasto Público dará a conocer, en la sesión respectiva, el listado de las personas aspirantes que acreditaron el cumplimiento de los requisitos previstos en la convocatoria y que avanzan a la etapa de entrevistas.
SEXTA. ENTREVISTAS
Las personas aspirantes que acrediten el cumplimiento de los requisitos serán notificadas por medio de correo electrónico, para llevar a cabo las entrevistas individuales dentro de los cinco días naturales siguientes, ante la Comisión de Fiscalización del Gasto Público, conforme al calendario que oportunamente se realice.
En ese contexto, y con la finalidad de dotar a las diputadas y los diputados integrantes de la Comisión, así como a las diputaciones que integran la XXV Legislatura, de mayores elementos de juicio para realizar una valoración integral del perfil profesional, la visión estratégica, las capacidades técnicas y la propuesta institucional de las personas aspirantes, las entrevistas serán públicas y podrán asistir a ellas mediante convocatoria ampliada, las diputadas y los diputados que no formen parte de la Comisión de Fiscalización del Gasto Público, quienes tendrán la oportunidad de escuchar y, en su caso, formular preguntas directamente a cada una de las personas aspirantes, a efecto de conocer su interés, motivaciones y razones respecto de su posible designación en el cargo, de conformidad con las siguientes directrices:
1) Las Diputadas y los Diputados entrevistarán a las personas aspirantes en audiencia pública y serán transmitidas en las páginas y las redes sociales oficiales del Honorable Congreso del Estado de Baja California.
2) El desahogo de las entrevistas, serán moderadas por la Presidencia de la Comisión de Fiscalización del Gasto Público.
3) Las personas aspirantes deberán presentarse en el lugar indicado con una anticipación a su turno de 30 minutos, ya que las mismas serán desahogadas de forma continua.
4) En caso de que las personas aspirantes no estuvieran presentes en el horario asignado, perderán el derecho al desahogo de la comparecencia.
5) Las personas aspirantes realizarán una exposición de hasta 10 minutos para exponer sus motivos, experiencia, conocimientos, plan de trabajo y cualquier otro tema que estimen conveniente para ser elegibles para la titularidad.
6) Acto seguido, las Diputadas y los Diputados, se enlistarán y participarán en una ronda de preguntas, con una duración de 3 minutos por participante, con el fin de evaluar la idoneidad de las personas aspirantes a ocupar el cargo.
7) Las personas aspirantes, tendrán un máximo de 5 minutos para responder a los cuestionamientos de cada Diputada y Diputado.
SÉPTIMA. OPINIÓN DE LA COMISIÓN
Una vez concluidas las entrevistas y derivado del análisis integral de las solicitudes presentadas, así como de la valoración de los perfiles y resultados obtenidos durante dicha etapa, la Comisión de Fiscalización del Gasto Público formulará una opinión técnica mediante la cual propondrá hasta tres personas aspirantes para integrar la terna correspondiente.
Dicha opinión será remitida a la Junta de Coordinación Política, para que, en el ámbito de sus atribuciones, proceda a someter la terna a consideración del Pleno del Congreso del Estado para la designación de la persona titular de la Auditoría Superior del Estado.
OCTAVA. DESIGNACIÓN
La Junta de Coordinación Política, dentro de los tres días naturales siguientes a la recepción de la opinión emitida por la Comisión de Fiscalización del Gasto Público, presentará al Pleno del Honorable Congreso del Estado la propuesta de terna correspondiente, a efecto de que éste proceda a la designación de la persona titular de la Auditoría Superior del Estado.
La designación se realizará mediante el voto favorable de las dos terceras partes de las diputaciones integrantes del Congreso del Estado, de conformidad con lo dispuesto por la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California y la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas del Estado de Baja California y sus Municipios.
La persona designada para ocupar dicho cargo deberá rendir protesta de Ley ante el mismo Pleno y ejercerá el cargo por un periodo de siete años, contados a partir de la fecha de su nombramiento, sin posibilidad de ratificación.
NOVENA. INTERPRETACIÓN
Los casos no previstos en la presente convocatoria serán resueltos por la Comisión de Fiscalización del Gasto Público, conforme a las disposiciones constitucionales y legales aplicables.
DÉCIMA. DE LA TRANSPARENCIA
Todos los procedimientos previstos en la presente Convocatoria serán públicos y la documentación que se genere con motivo de estos, será manejada conforme a la legislación aplicable en materia de transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales. Tratándose de información de carácter confidencial o de datos personales, se adoptarán las medidas necesarias para garantizar su seguridad, confidencialidad y debido tratamiento, evitando su alteración, pérdida, transmisión, acceso o divulgación no autorizada. Asimismo, los órganos de gobierno, legislativos y administrativos del Honorable Congreso del Estado de Baja California que intervengan en el proceso serán responsables del manejo y, en su caso, de la clasificación y protección de la información, de conformidad con las disposiciones legales aplicables.
TRANSITORIOS
PRIMERO. Publíquese la presente Convocatoria en el Periódico Oficial del Estado de Baja California, en la Gaceta Parlamentaria, en la página oficial del Congreso del Estado, así como en los medios digitales de mayor circulación en el Estado de Baja California.
SEGUNDO. La presente Convocatoria entrará en vigor el día siguiente de su publicación.
TERCERO. Una vez concluido el proceso de designación, la Comisión de Fiscalización del Gasto Publico, procederá a realizar la devolución de los documentos presentados por los aspirantes. Aquellos documentos que no sean recogidos dentro de los 15 días naturales siguientes a la notificación por correo electrónico de que se encuentran disponibles para ese fin, serán destruidos.