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Declaran injustificado despido de niñera por usar celular

Por Redacción | miércoles, 23 de septiembre de 2026

EMX-Declaran injustificado despido de niñera por usar celular

Un tribunal argentino determinó que no se acreditaron las conductas señaladas contra una niñera despedida por presuntamente usar celular y auriculares mientras cuidaba a una niña de tres años. La empleadora deberá pagar una indemnización.


Río Negro, Argentina.- Un tribunal laboral declaró injustificado el despido de una niñera que había sido acusada por su empleadora de utilizar el teléfono celular y auriculares mientras cuidaba a una niña de tres años.

La resolución fue emitida por la Cámara del Trabajo de General Roca, que determinó que la empleadora no logró acreditar las conductas que había señalado como motivo para terminar la relación laboral.

Como resultado, el tribunal condenó a la empleadora a pagar 3 millones 470 mil 294.81 pesos argentinos, cantidad que equivalía a aproximadamente 39 mil 717 pesos mexicanos. El monto incluye intereses calculados hasta el 30 de junio de 2026, los cuales continuarán acumulándose hasta que se concrete el pago.

El caso involucró a Cecilia Belén Lara, quien comenzó a trabajar como cuidadora de la hija de Paola Andrea Necchi el 1 de agosto de 2017. La relación laboral terminó el 12 de septiembre de 2022, cuando recibió la comunicación de despido.

En la carta de rescisión, la empleadora argumentó que el uso excesivo del teléfono y de auriculares durante la jornada había puesto en riesgo a la menor que estaba bajo el cuidado de la trabajadora.

Lara rechazó las acusaciones e impugnó el despido ante las autoridades laborales. Al analizar el caso, los jueces concluyeron que la comunicación presentada por la empleadora no describía con suficiente precisión los incumplimientos que atribuía a la trabajadora.

La Cámara del Trabajo también consideró que no fueron presentadas pruebas que acreditaran los hechos señalados como fundamento de la rescisión, de acuerdo con la resolución difundida por medios argentinos.

La sentencia fue emitida el 27 de julio de 2026 y estableció que la conducta invocada por la empleadora no quedó demostrada en el proceso, por lo que el despido fue considerado injustificado.

El monto de la indemnización quedó integrado por 242 mil 145.35 pesos argentinos de capital y 3 millones 228 mil 149.81 pesos argentinos correspondientes a intereses, calculados hasta el 30 de junio de 2026.

El caso se resolvió bajo las disposiciones que regulan el trabajo en casas particulares en Argentina, actividad contemplada por la Ley 26.844. La legislación establece una indemnización por antigüedad en los despidos sin causa, calculada de acuerdo con el tiempo de servicio y las condiciones previstas por la norma.

La resolución, sin embargo, no establece que el uso del celular esté permitido en cualquier circunstancia laboral. El punto central del fallo fue que la empleadora no acreditó las conductas específicas que utilizó como fundamento para despedir a la trabajadora.

¿Qué ocurre en México?

En México, la Ley Federal del Trabajo no contempla el uso del celular, por sí solo, como una causa específica de despido justificado. Sin embargo, su artículo 47 establece diversas conductas que pueden dar lugar a una rescisión, entre ellas la desobediencia relacionada con el trabajo contratado o un descuido inexcusable que comprometa la seguridad de las personas.

La aplicación de estas disposiciones depende de las circunstancias particulares de cada caso y de las pruebas que puedan acreditar la conducta atribuida a la persona trabajadora.

La legislación mexicana también establece que el patrón debe entregar un aviso escrito en el que se indiquen las conductas y las fechas que motivan la rescisión. Cuando la causa alegada no es acreditada en un juicio, la persona trabajadora puede ejercer los derechos previstos por la ley, entre ellos solicitar la reinstalación o una indemnización conforme al artículo 48.

Con información de Proceso