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Recuerdan obligaciones y derechos por reparto de utilidades en mayo
Por Sergio Carrillo | viernes, 8 de mayo de 2026
Los expertos recuerdan que las empresas cuentan hasta el 31 de mayo para cumplir con el reparto de utilidades (PTU) entre sus trabajadores.
TIJUANA.– Durante mayo, empresas y trabajadores deben mantenerse atentos al cumplimiento del reparto de utilidades (PTU), prestación laboral que debe entregarse dentro de los plazos establecidos por la ley, recordó Martín Humberto Guisado Valdés, Presidente del Consejo Directivo de la Asociación Americana de Contadores Públicos, Colegio Profesional en Tijuana.
Explicó que, hasta el momento, no existen modificaciones respecto a los cambios aplicados en los últimos años derivados de la reforma laboral, por lo que continúan vigentes los mismos criterios para el cálculo y distribución de utilidades.
“No ha habido cambios en el sentido de que las empresas determinan su PTU a repartir cuando presentan su declaración anual”, señaló.
Indicó que las empresas tuvieron hasta el 31 de marzo para presentar su declaración anual ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), y a partir de esa fecha cuentan con 60 días para realizar el reparto correspondiente a sus trabajadores.
Detalló que la distribución se realiza tomando en cuenta dos factores: los días trabajados y el salario percibido por cada empleado.
Asimismo, recordó que continúa vigente el límite establecido tras la reforma laboral, donde el pago de utilidades tiene un tope equivalente a 3 meses de salario o el promedio de las utilidades recibidas en los últimos 3 años, aplicándose el monto que resulte más favorable para el trabajador.
Guisado Valdés señaló que el 31 de mayo representa una fecha clave para el cumplimiento de esta obligación patronal y advirtió que las empresas que incumplan podrían ser acreedoras a sanciones y multas.
En cuanto a los trabajadores, indicó que tienen derecho a solicitar y revisar la información relacionada con el reparto.
“Yo como trabajador le puedo exigir a la empresa que publique lo que viene siendo el anexo del PTU desde la declaración que le entregó al SAT”, comentó.
Añadió que las empresas deben mostrar la documentación correspondiente, debidamente presentada y recibida por la autoridad fiscal, donde se establezca el monto total a repartir y la distribución realizada entre los trabajadores.