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PATRIMONIO FAMILIAR. UNA HERRAMIENTA DE PROTECCIÓN Y UNA ESTRATEGIA FISCAL
Por Redacción | jueves, 3 de agosto de 2023
En un lenguaje común, el patrimonio familiar es el conjunto de bienes propiedad de los miembros de una familia, pero la realidad es que es va más allá, es una figura jurídica concebida para proteger los derechos esenciales de las personas involucradas. En México, es poco conocida, en particular, los beneficios económicos, fiscales, entre otros, que de ella se desprende.
La figura jurídica del patrimonio familiar está formulada para proteger todo lo que una familia necesita para su sustento y ha sido adquirido en el marco de este. puede incluir un inmueble, bienes muebles, obras de arte, herramientas, entre otros. La particularidad de esta figura legal es que cuando estos tipos de bienes entran a hacer parte del patrimonio familiar, “ya no son susceptibles de ser embargados, donados o vendidos sin el consentimiento de todos los involucrados”.
Para constituir un patrimonio familiar en México, el interesado debe presentar por escrito la solicitud ante la autoridad correspondiente del estado en donde se encuentra su domicilio. En nuestro Estado, el trámite de inscripción de constitución de patrimonio familiar se realiza, ante la Dirección de Registro Publico de la Propiedad y de Comercio, de manera presencial o en línea.
En nuestro estado, el tope máximo para que una persona inscriba bienes como patrimonio familiar, es de $4,149,600.00, (cuatro millones ciento cuarenta y nueve mil pesos 00/100), estando dentro de los tres estados que tienen un tope considerable, siendo el estado de Nuevo León el que permite hasta $4,668,300.00 (cuatro millones seiscientos sesenta y ocho mil trescientos pesos 00/100).
Estado Monto
Baja California $4,149,600.00
Ciudad de México $3,407,859.00
Nuevo León $4,668,300.00
En el documento se debe manifestar la voluntad de constituir el patrimonio de familia legalmente y la lista de bienes que se pretende que hagan parte de este.
Además, el interesado debe presentar documentos que acrediten que:
• Mayoría de edad;
• Que su domicilio se encuentra en el ente territorial en el cual pretende constituir el patrimonio;
• La existencia del círculo familiar u hogar beneficiario del patrimonio y pruebas de pertenencia a esta;
• Valor parcial de los bienes muebles que cubrirá la figura (la ley establece límites);
• Pruebas de que los bienes pertenecen al hogar y no hay gravámenes sobre ellos (según el estado donde se lleve a cabo el procedimiento).
Ahora bien, como recurso legal, el patrimonio familiar tiene ciertas limitaciones. La principal es que solo se puede constituir con un conjunto de bienes de diferente naturaleza que se destinan exclusivamente para el sostenimiento y subsistencia de la familia. Es decir, solo las posesiones que entren en esta categoría pueden ser protegidas de posibles acreedores o deudas.
En otras palabras, esta figura legal permite que ciertos bienes no puedan ser embargados o ejecutados por deudas, garantizando así la protección del patrimonio de la familia.
Por ello, el patrimonio puede estar constituido por los siguientes tipos de bienes:
1. casa o unidad habitacional que oficie como residencia de los miembros o miembro del hogar;
2. mobiliario doméstico contenido en la casa familiar;
3. el coche o vehículo motor que sea requerido por los miembros o miembro del hogar para su transporte regular;
4. todos los objetos de diferentes categorías, como: libros, útiles, bibliotecas, instrumentos, dispositivos electrónicos, equipos y herramientas necesarios para desarrollar una actividad económica que sea el sustento de la familia, entre otros;
5. terreno cultivable (en algunos estados mexicanos).
Ahora viene lo interesante, ¿Cuáles son las ventajas de constituir el patrimonio familiar?
1. Protección de bienes
Como ya hemos mencionado, este es un mecanismo legal que permite proteger los bienes que conforman el patrimonio de un hogar ante posibles deudas o acreedores, los bienes que hagan parte de él no podrán ser embargados. Además, en caso de divorcio o separación de los cónyuges, los bienes del patrimonio familiar estarán protegidos y no podrán ser repartidos entre ellos.
2. Sucesión testamentaria simplificada
En caso de fallecimiento del titular del patrimonio familiar, la sucesión testamentaria se simplifica, ya que los bienes que lo conforman no tendrán que ser divididos entre los herederos, sino que pasarán en su totalidad al cónyuge o concubino y a los hijos.
3. Protección de la vivienda
La figura del patrimonio de familia también protege la vivienda familiar, de esta manera no podrá ser vendida ni hipotecada sin el consentimiento de todos los miembros o beneficiarios de la figura.
4. Ahorro de impuestos
Al constituir un patrimonio familiar se pueden obtener ciertos beneficios fiscales, como la deducción de impuestos por el mantenimiento y mejora de la vivienda.
5. Planificación sucesoria
El patrimonio familiar permite planificar la sucesión de los bienes y evitar posibles conflictos entre los herederos, ya que establece claramente quiénes serán los beneficiarios de los bienes.
Dentro de esta figura legal, existen beneficiarios, quienes resultan ser los miembros del hogar que vivan en la misma casa y dependan económicamente del titular del patrimonio.
Estos miembros de la familia pueden ser el cónyuge o pareja del titular, los hijos, los padres, los abuelos, los nietos, los hermanos y cualquier otro miembro de la familia que dependa económicamente del titular.
Es importante mencionar que los miembros de la familia que vivan en la misma casa, pero que no dependan económicamente del titular del patrimonio, no serán considerados como beneficiarios. Además, los bienes que hagan parte del patrimonio no podrán ser vendidos, hipotecados o cedidos sin el consentimiento de todos los beneficiarios.
Como puede observarse, la constitución del patrimonio familiar constituye un trámite obligado para todos, es una medida de protección como lo es tener un seguro de vida, contar con el seguro gastos médicos mayores, ahora será tener inscrito la constitución de nuestro patrimonio familiar.