Editorial

Columna: Plano Legal

Por Redacción | miércoles, 23 de octubre de 2024

EMX-Columna: Plano Legal

LOS JUECES SIN ROSTRO: UNA FIGURA JURÍDICA CONTROVERSIAL EN LA REFORMA CONSTITUCIONAL AL PODER JUDICIAL.


En el contexto de la reforma constitucional sobre el poder judicial en México -y por un momento, dejando de lado la elección popular de Jueces, Magistrados y Ministros- uno de los conceptos más discutidos y polémicos ha sido el de los “jueces sin rostros”. Esta figura jurídica, aunque no es nueva en el panorama internacional, ha sido propuesta como una posible solución para enfrentar problemas específicos de la justicia en México, en especial aquellos relacionados con la violencia, el crimen organizado y la intimidación de jueces, pero realmente cuáles son sus aspectos positivos y negativos?

La idea detrás de los “jueces sin rostros” es otorgar mayor seguridad y anonimato a los jueces que deben lidiar con casos de alto riesgo, a menudo relacionados con cárteles de la droga, crimen organizado o corrupción. Estos jueces actúan de manera anónima para proteger su integridad física y la de sus familias, minimizando las posibilidades de intimidación y represalias por parte de grupos criminales.

A pesar de sus aparentes ventajas, la implementación de estos jueces ha suscitado diversas críticas y preocupaciones. Este artículo examina los aspectos positivos y negativos de la figura de los “jueces sin rostros” en el marco de la reciente reforma constitucional en México.

Aspectos Positivos de los Jueces Sin Rostros

1. Protección a la Integridad de los Jueces

El principal argumento a favor de los jueces sin rostros es la protección que brindan a la vida e integridad de los jueces. En un país como México, donde los cárteles de la droga y otros grupos del crimen organizado ejercen un control considerable en ciertas regiones, los jueces están en riesgo constante. Proteger su identidad garantiza que puedan actuar con mayor libertad y autonomía, sin temor a sufrir represalias personales o familiares por sus decisiones judiciales.

Aspectos Negativos de los Jueces Sin Rostros

1. Falta de Transparencia y Responsabilidad

Uno de los principales problemas de los jueces sin rostros es la falta de transparencia. El sistema judicial democrático se basa en la idea de que los jueces deben ser responsables ante el procesado y la sociedad en general sobre sus decisiones y deben estar sujetas a un escrutinio adecuado. La anonimidad debilita este principio, ya que no se sabe quién está tomando las resoluciones, ni puede evaluarse su trayectoria o posibles conflictos de interés en casos particulares.

La rendición de cuentas es un aspecto clave en cualquier sistema judicial. Si bien el anonimato puede proteger a los jueces de amenazas externas, también puede dar lugar a abusos de poder o decisiones arbitrarias sin consecuencias claras. Considero que este anonimato pueda erosionar la confianza social en las instituciones judiciales.

2. Posibles Violaciones al Derecho de Defensa

El derecho de los acusados a conocer a sus jueces es un principio fundamental del derecho penal y del debido proceso. Los jueces sin rostros representan una violación a este principio, lo que podría deslegitimar los juicios. En muchos sistemas jurídicos, la transparencia y la imparcialidad requieren que los jueces actúen de manera pública, lo que garantiza que los acusados puedan cuestionar la imparcialidad de sus jueces si lo consideran necesario.

El anonimato podría interpretarse como una violación de los derechos humanos y procesales, ya que los acusados tendrían menos mecanismos para impugnar posibles parcialidades o conflictos de interés de los jueces. Esto podría abrir la puerta a un aumento en las apelaciones y revisiones judiciales por supuestas violaciones al debido proceso.

3. Deterioro de la Confianza Pública

Aunque el anonimato puede ser una herramienta para proteger a los jueces, también puede generar desconfianza en la ciudadanía. La percepción de un sistema judicial que opera en secreto podría ser contraproducente, ya que la falta de transparencia puede generar sospechas sobre la equidad de los juicios y la imparcialidad de las decisiones judiciales.

El derecho a un juicio público es una garantía procesal que refuerza la confianza en la justicia. Si bien es comprensible que se busque proteger a los jueces, un sistema en el que no se sabe quién toma las resoluciones podría aumentar el escepticismo sobre la imparcialidad del sistema judicial, en lugar de reducirlo. 

En el plano legal, es así que los “jueces sin rostro” como figura jurídica, representan una respuesta a la necesidad urgente de proteger a los jueces que enfrentan situaciones de alto riesgo en países como México, donde la violencia y la intimidación del crimen organizado son una realidad. Sin embargo, plantea serios desafíos en términos de transparencia, rendición de cuentas y derechos de los acusados. Aunque el anonimato puede ser necesario para proteger a los jueces, debe equilibrarse cuidadosamente con los derechos humanos y las garantías procesales fundamentales y el derecho de la sociedad a un sistema judicial abierto y transparente. Además, me parece que esta figura jurídica de jueces sin rostro debe ser analizada en el contexto de la reforma constitucional, en la cual se cuestiona la capacidad y sobre todo la independencia de los jueces que sean electos mediante el voto popular. En última instancia, la figura de los jueces sin rostros debe ser implementada con cautela, acompañada de estrictos mecanismos de supervisión y control, para evitar que se convierta en un instrumento que socave los principios básicos de justicia y democracia.

*Presidente de la Barra Mexicana de Abogados en Baja California. 

 Mtro. Leonardo Abarca Jiménez*