Editorial

Fe y ciudadanía

Por Redacción | miércoles, 10 de junio de 2026

EMX-Fe y ciudadanía

Por Armando Maya Castro


La Luz del Mundo es una iglesia apartidista por mandato de ley. En congruencia con este principio y con su enseñanza cristiana, ha mantenido una actitud de respeto hacia las autoridades, las instituciones de gobierno y las leyes del país, fomentando entre sus miembros la responsabilidad cívica, el respeto al prójimo y la paz social.

A pesar de ello, sus detractores la han señalado en distintas ocasiones de intervenir en asuntos políticos. Sin embargo, tales acusaciones suelen ignorar una diferencia fundamental: una cosa son las acciones o decisiones personales de sus miembros y otra muy distinta la postura institucional de la Iglesia. Mientras los fieles conservan plenamente sus derechos ciudadanos y libertades individuales, la institución mantiene una posición apolítica y ajena a toda actividad político-partidista.

Lo he señalado en otras ocasiones y hoy lo reitero: pertenecer a una determinada religión no limita ni anula los derechos civiles y políticos de una persona. La fe religiosa forma parte del ámbito de las convicciones personales y está protegida por el artículo 24 de la Constitución Federal, que garantiza la libertad de convicciones éticas, de conciencia y de religión. Por otra parte, la participación en la vida pública corresponde al ejercicio de los derechos ciudadanos.

Por ello, un creyente puede participar en asuntos políticos, expresar libremente sus opiniones sobre temas de interés nacional y ejercer plenamente sus derechos como ciudadano. La legislación mexicana no prohíbe a los miembros de una religión participar en actividades políticas por el simple hecho de profesar una fe determinada. Los derechos políticos corresponden a los ciudadanos en lo individual y no se extinguen ni se restringen por razón de sus creencias religiosas.

Las restricciones legales recaen específicamente sobre quienes ejercen el ministerio de culto. La ley distingue entre los ciudadanos que profesan una religión y los ministros de culto en ejercicio, imponiendo limitaciones político-electorales únicamente a estos últimos.

Confundir la participación individual de los fieles con una supuesta intervención institucional de la Iglesia carece de sustento jurídico. Los miembros de una comunidad religiosa no dejan de ser ciudadanos por el hecho de pertenecer a ella, ni pierden los derechos que la Carta Magna les reconoce. Defender la libertad religiosa implica también defender el pleno ejercicio de los derechos ciudadanos de quienes profesan una fe.