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Sheinbaum rechaza retroactividad en reforma a la Ley de Amparo
Por Redacción | jueves, 2 de octubre de 2025
La mandataria mexicana pidió a la Consejería Jurídica que revise por qué en la Cámara alta incorporaron este transitorio.
CIUDAD DE MÉXICO (apro).- La presidenta Claudia Sheinbaum se desmarcó del transitorio en la Ley de Amparo que viola la Constitución por imponer la retroactividad en los juicios a los que podría aplicar y que se incluyó en el Senado.
Nosotros enviamos esta iniciativa que no tenía este agregado que le hicieron en el Senado. Primero hay que respetar la Constitución que establece que no debe haber retroactividad en las leyes. Tendría que cambiarse la Constitución”, indicó.
La mandataria mexicana pidió a la Consejería Jurídica que revise por qué en la Cámara alta incorporaron este transitorio.
“No tengo conocimiento de por qué la comisión del Senado incorporó este transitorio” y consideró que tiene que garantizarse que los juicios que no han llegado a la Corte tienen que seguir con leyes anteriores y que la nueva ley se tiene que aplicar a los nuevos amparos, aunque sean temas del pasado.
Por lo que “a los (amparos) que están en tribunales no se les puede aplicar porque vienen de antes”.
Añadió que “ahora que vaya a la Cámara de Diputados tendrán que revisar”, también lo hará la Consejería Jurídica. “Aquí es un asunto de garantizar la no retroactividad que establece la Constitución”, por lo que se tiene que revisar la redacción.
Negó que lo que se plantea en la ley es quitar el derecho de cualquier mexicano a un amparo y expuso las tres principales modificaciones que propuso el Ejecutivo: el primero es la reducción de tiempos en aplicación de la justicia.
“Estos casos que hay en México donde alguien se ampare no hace que haya justicia expedita”, por lo que uno de los objetivos es reducir los tiempos de tribunales para resolver más rápido los casos, en particular, dijo, los comerciales y de deudas fiscales.
Un segundo objetivo es el procedimiento en el que la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) pueda congelar cuentas por lavado de dinero, debido a que un amparo podría propiciar el tiempo necesario para que el titular de la cuenta pueda vaciarla y no tenga efecto real el congelamiento de la misma. Por lo tanto, cuando hay presunción de lavado de dinero se evitaría que se resuelva de inmediato para que se vacíe la cuenta.
El tercer objetivo es que los asuntos que la Corte haya resuelto no tendrían que tomar más tiempo en la ejecución. “Cuando se va a aplicar la resolución se puede amparar y tardarse 15 años”. Y ahora uno de los cambios será que se tendrá que depositar en garantía lo que debe al fisco.