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Por Redacción | viernes, 6 de agosto de 2021
La Profeco emitió una serie de recomendaciones para evitar todo abuso por parte de los despachos de cobranza
Los despachos de cobranza realizan actos de recaudación de manera extrajudicial, de créditos, préstamos o financiamientos, que otorgan entidades comerciales a clientes, sin embargo, al momento de realizar los cobros muchas veces lo hacen mediante actos que violan la ley como el acoso, llamadas constantes, lenguaje ofensivo o haciéndose pasar por representantes de un juzgado.
Ante esto, la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) ofreció a los usuarios del país una serie de recomendaciones para evitar todo abuso por parte de los despachos de cobranza, ya que reiteró, el hostigamiento es una clara violación a la ley.
Los despachos realizan un conjunto de actividades fuera de un procedimiento judicial para la recuperación de cantidades de dinero que adeuda un cliente, las entidades comerciales, por ejemplo, una tienda departamental o de autoservicio, son responsables de supervisar la adecuada y legal actuación de sus despachos de cobranza.
“Conforme al acuerdo A/002/2015, las entidades comerciales son responsables de supervisar de manera permanente que las actividades realizadas por sus despachos de cobranza se ajusten a la normatividad de operación”, aseveró la Profeco en la Revista del Consumidor de agosto.
Por ende, los despachos de cobranza por ningún motivo deben:
Si consideras vulnerados tus derechos por parte de las entidades comerciales o de los despachos de cobranza podrás presentar una queja:
Vía electrónica, telefónica o por escrito, podrás presentar tu queja en cualquiera de las sucursales de la entidad comercial en contra de las acciones del despacho.
La entidad comercial, dentro de las 48 horas siguientes, deberá remitir a la oficina Profeco más cercana al domicilio del consumidor la queja contra el despacho de cobranza, anexando un informe sobre los hechos.