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Las terapias de reconversión ya están prohibidas en México: Cómo se castigan y cómo denunciar

Por Redacción | domingo, 16 de junio de 2024

EMX-Las terapias de reconversión ya están prohibidas en México: Cómo se castigan y cómo denunciar

Lo que no se nombra, no existe. Por eso, el reconocimiento de estas prácticas como una violencia es un paso fundamental para garantizar que las personas de la comunidad LGBT+ accedan a una vida libre de violencia.


Las “terapias de reconversión” ya están prohibidas en México. Esta realidad surge después de que el gobierno federal promulgara hace unos días en el Diario Oficial de la Federación las reformas aprobadas por el Congreso.

De esta manera, el 10 de junio pasado entraron en vigor las modificaciones al Código Penal con las que se reconoce y penaliza estas prácticas, porque atentan contra el libre desarrollo de la personalidad.

Estas modificaciones implicaron la adición de un capítulo denominado "Delitos contra la Orientación Sexual o la Identidad de Género de las Personas" al Título Octavo de dicho marco legal. Además, se integró el artículo 209 Quintus en la Ley General de Salud.

¿Qué implican las sanciones y cómo se castigan? 
En el Código Penal federal se acotó que las sanciones serán aplicables para toda persona o institución que “realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona”.

La sanción penal podrá ir de dos a seis años de prisión, mientras que la sanción económica será de 1,000 a 2,000 veces el valor de la UMA (Unidad de Medida y Actualización), es decir, entre 108,000 y 216,000 pesos.

También se señala que las sanciones se duplicarán cuando las víctimas sean menores de edad, adultos mayores o personas con discapacidad.

También serán del doble de tiempo y valor las sanciones cuando exista una relación de subordinación (laboral, docente, médica, doméstica, etc); cuando sea un funcionario público quien perpetre el delito y cuando el delito se lleve a cabo mediante el ejercicio de violencia contra la víctima.

Cuando los padres o tutores sean quienes sometan a la víctima a este tipo de prácticas, las sanciones quedarán a consideración del juez.

Para el personal de la salud que practique, promueva o participe de estas prácticas, además se aplicará la suspensión del ejercicio profesional de uno a tres años.

¿Cómo denunciar? 
Para denunciar un delito relacionado con las llamadas “terapias de reconversión” es necesario acudir ante un juez del Ministerio Público para solicitar que se investigue el delito.

En caso de que la víctima del delito sea menor de edad o no tenga capacidad para resistir el acto, no es necesario presentar la denuncia. En estos casos, las autoridades podrán actuar de oficio al tener conocimiento del hecho.

En el siguiente enlace puedes tener mayor información sobre las denuncias.

En tanto, si eres profesional de la salud, puedes consultar la Guía para Profesionales de la Salud Mental en el combate a los Ecosig elaborada en cojunto entre organimos nacionales e internacionales.

¿Por qué importa? 
La discriminación y el odio siguen cobrando vidas de las personas de la diversidad sexual y de género. En México, 30% de la población LGBT+ ha pensado en suicidarse alguna vez y, de hecho, 14% lo han intentado. Además de los asesinatos contra personas sólo por pertenecer a esta comunidad.

Estas prácticas que también son conocidas como “Ecosig” (esfuerzos para corregir la orientación sexual y la identidad de género) refieren a las prácticas que prometen “curar la homosexualidad, transexualidad o cualquier tipo de disidencia”. Y, además de carecer de sustentos científicos y respaldo médico, conforman una de las expresiones más brutales de violencia contra la población LGBT+.

Al leer o escuchar “terapias de reconversión” pareciera como si el contexto temporal fuera de otro siglo o el contexto geográfico nos llevara al Medio Oriente. La realidad es que estas prácticas siguen ocurriendo hoy en día y en nuestro país.

Cientos de testimonios de sobrevivientes circulan en redes sociales. La mayoría abanderan el lema “nada que curar” mientras cuentan los abusos y torturas a las que estuvieron expuestos al ser ingresados a los centros que practican estas “terapias” y durante sus estancias.

Lo que no se nombra, no existe. Por eso el reconocimiento de estas prácticas como una violencia contra los derechos humanos es un paso fundamental para garantizar que las personas de la comunidad LGBT+ accedan a una vida libre de violencia.

La prohibición de las mal llamadas “terapias de reconversión” a nivel federal es un paso importante de las personas disidentes en la lucha por sus derechos.

Con información de El Economista.